¿Cuándo eres persona consumidora y usuaria?
La definición de persona consumidora y usuaria aparece recogida en la Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de Personas Consumidoras y Usuarias.
Eres persona consumidora o usuaria
Si a título particular, y con independencia de tu nacionalidad o residencia, adquieres o utilizas bienes muebles o inmuebles, productos o servicios como destinataria final, siempre que te los proporcione una empresa, una persona profesional o la Administración cuando actúa en régimen de derecho privado.
Por ejemplo:
- Cuando compras una cámara de fotos para uso particular.
- Cuando contratas un servicio de telefonía para tu domicilio familiar.
Si lo eres, tienes una serie de derechos y deberes.
Eres persona consumidora vulnerable
El concepto de vulnerabilidad de la persona consumidora supera el ámbito económico y puede darse por varios motivos.
La vulnerabilidad se puede dar respecto a relaciones concretas de consumo y se dará cuando las personas físicas, de manera individual o colectiva, por sus características, necesidades o circunstancias, económicas, educativas, sociales o personales, se encuentren en una situación de subordinación, indefensión o desprotección y debido a ello no puedan ejercer sus derechos como personas consumidoras en situación de igualdad. Y esta situación descrita puede darse en un territorio determinado, y/o en un sector de actividad determinado y/o en un periodo temporal determinado.
No eres persona consumidora y usuaria
Si adquieres un producto, bien o servicio y lo integras en un proceso productivo, de comercialización o de prestación de servicios, aunque esta integración no implique un beneficio directo.
Por ejemplo:
- Cuando compras una cámara de fotos para tu establecimiento fotográfico.
- Cuando contratas un servicio de telefonía para tu empresa.
Folletos

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