Sin embargo, con carácter general Kontsumobide no puede actuar en este caso dado que se encuentra en proceso judicial. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia San Sebastián ha dictado la disolución de las sociedades responsables y ha nombrado un administrador concursal que será a quien deban dirigirse las personas consumidoras en el correo audyge@audyge.com. En todo caso las personas que deseen personarse en el procedimiento (N.º 0000174/2025, NIG n.º 2006947120250000327) deberán hacerlo acompañadas de asistencia letrada y de los servicios de una persona procuradora.
La salvedad está en la financiación vinculada
Kontsumobide Instituto Vasco de Consumo solo podrá intervenir en aquellos casos de personas consumidoras que hubiesen financiado su tratamiento con un crédito vinculado. En estos casos, si se ha interrumpido la prestación del servicio contratado la financiera está en la obligación de interrumpir y cancelar el crédito. Si tras dirigirse a la financiera la persona consumidora no encuentra una respuesta satisfactoria podrá interponer la correspondiente reclamación en Kontsumobide o en la OMIC de su municipio.


