Decreto 159/2011, de 12 de julio, de estructura y organización de Kontsumobide-Instituto Vasco: Sede y estructura territorial
Capítulo III. Sede y estructura territorial
Artículo 11.– Sede
Las unidades estructurales establecidas en el presente Decreto radicarán en la sede de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, que por su Ley de creación se concreta en Vitoria-Gasteiz, lugar donde radica la sede central del Gobierno Vasco.
Artículo 12.– Estructura territorial
- 1. Se crean los servicios territoriales de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, que dependen jerárquicamente de la Dirección del Instituto.
- 2. Las funciones de dichos servicios territoriales de consumo serán las siguientes:
- a. Atención de consultas y asesoramiento a las personas consumidoras.
- b. Atención y mediación de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias.
- c. Tramitación de las denuncias en materia de consumo.
- d. Realización de campañas de control de mercado.
- e. Gestión de la red de alerta de productos inseguros.
- f. Propuesta de inicio, instrucción y tramitación de expedientes sancionadores.
- g. Aquellas otras funciones no explicitadas y que le puedan ser asignadas por la Dirección por pertenecer a la misma área operativa atribuida al servicio territorial.
- 3. El personal de los servicios territoriales asignado a tales funciones dependerá orgánica y funcionalmente de la Dirección del Instituto.