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Informe final campaña 08/23: ''semiconservas de anchoas''

Objetivo

Los objetivos de este control fueron los siguientes: 

  • Comprobar si se cumple la norma para utilizar el uso correcto del nombre del pescado.
  • Comprobar que se etiquetan correctamente.
  • Verificar que se trata realmente de anchoas, y no de alguna especia similar. 

En este control se incluyeron las inspecciones del Control Sistemático de anchoas en semiconserva y de la Campaña Nacional de Semiconservas de anchoas en aceite vegetal. La campaña tuvo carácter sancionador..

Desarrollo de los controles

Los controles se hicieron en Gipuzkoa entre el 15 y el 24 de mayo. El servicio de inspección de Kontsumobide ha contado con la colaboración del servicio de inspección del Ayuntamiento de Irun.

Fueron un total de veinticuatro inspecciones y en nueve de ellas se tomaron muestras para su análisis.

Se controlaron tanto las anchoas en aceite vegetal como aquellas con otros conservantes como agua, sal, vinagre…

Resultados obtenidos

A) C-08/23-1: Categoría 13 Anchoas en semiconserva

Actuaciones por protocolo

En el 80% de las actuaciones realizadas por protocolo (diez en total) se han dado incumplimientos. En el único producto en el que procedía controlar esta cuestión (100%), se comprobó que si se facilitaba la información sobre vitaminas y minerales no se relacionaba con los consumos de referencia recomendado por la normativa. [1]

Otros incumplimientos significativos:

  • No se indicaba si han sido “capturadas”, “capturadas en agua dulce” o “de cría” (70%).
  • No se especificaba el arte de pesca utilizado (70%).
  • Si se trataba de productos vinculados con un ingrediente, como por ejemplo anchoas en aceite de oliva, no se reflejaba la cantidad de este ingrediente en el 60% de los casos. Hay que tener en cuenta que la vinculación de un ingrediente con las anchoas se puede producir en el nombre del producto (anchoas en aceite de oliva), o de manera gráfica (anchoas junto a una botella de aceite de oliva, o un olivo).
  • En el 40% de las inspecciones, no se indicaba la cantidad de cada uno de los ingredientes de los que se compone el producto,[2] no se nombraban adecuadamente,[3] o no se reflejaba la lista de ingredientes ni se identificaba como tal (en estos dos casos  el 30%).
  • No figuraba la zona de captura o de cría en el 40% de las ocasiones.
  • El nombre del alimento no se correspondía con la denominación legal en el 10% de las inspecciones.
  • En el 10% de las inspecciones no estaba correctamente expresada la fecha de caducidad, o la duración mínima, ni se indicaba el lote ni el nombre científico.

Actuaciones por toma de muestras

En el caso de la toma de muestras (se hicieron seis) se detectaron incumplimiento en cuatro de ellas.

Los incumplimientos detectados fueron sobre:

  • las normas sobre envasado, marcado, etiquetado y presentación de productos.
  • alguno de los procesos relacionados con la distribución de bienes o en la prestación de servicios, con las normas relativas al origen, naturaleza, calidad, precio, plazo, composición, cantidad, peso, tamaño y presentación por medio de envases, etiquetas, letreros, cierres, precintos u otros elementos relevantes...

Las deficiencias se referían a la denominación del producto en relación con la información acerca del líquido de cobertura (producto secundario en el que se presentan las anchoas, por ejemplo “anchoas en aceite vegetal”).

B) C-08/23-2: Campaña Nacional- Semiconservas de anchoas en aceite vegetal

Actuaciones por protocolo

Se realizaron cinco actuaciones por protocolo y en dos de ellas se detectaron incumplimientos. La mitad de los incumplimientos se volvió a centrar en que si se facilitaba la información sobre vitaminas y minerales no se relacionaba con los consumos de referencia recomendados por la normativa. [1]

Otros incumplimientos significativos:

Excepto en el caso de las semiconservas en aceite de oliva se comprobó que en el 33% de los casos no se incluye en el nombre el aceite utilizado y su relación con el peso total del producto[4].

El nombre del alimento y la cantidad neta no figuraban de manera conjunta en el 20% de las inspecciones realizadas.

Actuaciones por toma de muestras

En el 33% de estas actuaciones se detectaron incumplimientos en la norma de envasado, en concreto en la verdadera denominación del producto.

Propuestas de sanción

Los incumplimientos detectados en cualquiera de las inspecciones realizadas han derivado en propuestas de sanción.

Además,  se han dado cuatro propuestas de sanción son por negarse a facilitar la información requerida.

Conclusiones

Los incumplimientos detectados justifican más controles en los próximos años, bajo la forma de control sistemático, o en su caso, como campaña propia de Kontsumobide.

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[1] Ingestas de referencia expuestas en el punto 1 de la parte A del anexo XIII del R(UE) 1169/2011 por 100 g o por 100 ml.

[2] Anexo VIII del R (UE) 1169/2011

[3] Anexo VII del R (UE) 1169/2011

[4] Reglamentos del Consejo (CEE) nº 2136/89 y (CEE) nº 1536/92, del Reglamento delegado (UE) 2022/2104  (artículo 1, letra b) 

Fecha de última modificación: