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Campaña 08/22: Autoescuelas: información precontractual y contractual

Justificación

Dada la necesidad de obtener uno de los permisos o licencias en escuelas especializadas que habilitan para la conducción de cualquier tipo de automóvil, conviene comprobar si son respetados los derechos de las personas consumidoras, tanto a través de la información que está obligado a facilitar cualquier prestador de servicios, como mediante la cumplimentación de los documentos preceptivos para el correcto funcionamiento a que está obligado cualquier prestador de servicios.

A nivel general, en este ámbito se suelen denunciar los siguientes incumplimientos:

  • Actos engañosos por parte de las empresas que inducen a error a la persona consumidora y que pueden afectar a su comportamiento económico.
  • No se ponen en conocimiento de la persona consumidora las características principales de los bienes o servicios.
  • No se proporciona la documentación precontractual, con la información necesaria. 

Objetivo

En esta campaña se ha tenido como objetivo controlar la oferta comercial y la publicidad, vigilar la información que se transmite a las personas consumidoras, el contenido y la forma de los contratos en los establecimientos a inspeccionar, además de la existencia y contenido de las facturas correspondientes

Carácter de la campaña

Esta campaña ha tenido carácter sancionador.

Establecimientos

Han sido seleccionados de entre los que conforman la relación de autoescuelas facilitada por la Dirección de Tráfico de Gobierno Vasco. Se ha dado prioridad a aquellas autoescuelas contra las que se hubieran presentado reclamaciones ante Kontsumobide en los años 2021 y 2022.

Plazo de ejecución

La campaña se ha ejecutado en julio de 2022.

Desarrollo de la campaña

Se han realizado un total de 22 inspecciones.

La OMIC de Erandio ha colaborado en las inspecciones llevadas a cabo en Bizkaia, realizando dos inspecciones.

Resultados obtenidos

De las 22 inspecciones realizadas, se han detectado incumplimientos en 14 de ellas, es decir el 63,64%.

El incumplimiento más frecuente ha sido la falta de información sobre el procedimiento para atender las reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias, así como de la información sobre el sistema extrajudicial de resolución de conflictos. Esta carencia se ha detectado tanto en la oferta como en la información precontractual (47,60%).

Otros incumplimientos han sido, en relación a la de información necesaria en la oferta comercial y previa a la contratación, la omisión de la razón social y el nombre comercial, procedimientos de pago, duración del contrato o el precio final completo o desglosado, entre otros. 

Respecto a la documentación contractual, se han detectado incumplimientos tales como existencia de cláusulas abusivas, no suscribir un contrato de enseñanza, en el que se especifiquen los derechos y obligaciones de ambas partes o no entregar un justificante con las condiciones esenciales de la operación, incluidas las condiciones generales de la contratación, aceptadas y firmadas por la persona consumidora. 

Con respecto a las facturas, en algunos casos no se han expedido, y en cuanto a su contenido las deficiencias detectadas tienen que ver con la falta de la fecha de la operación, la descripción del servicio prestado, el nombre y apellidos, razón o denominación social de quien la expide o el tipo impositivo aplicado. 

En un 18,20% de los casos no existen ni hojas de reclamaciones ni cartel.

Finalización de las actuaciones.

Las 22 actuaciones realizadas han finalizado con 14 propuestas de sanción, y 8 inspecciones archivadas.

Conclusiones

De las actuaciones llevadas a cabo se puede concluir que se han detectado y corregido algunos aspectos relativos a la publicidad y anuncios expuestos en el establecimiento. Los mayores porcentajes de incumplimientos se han dado en relación a la información y documentación previa al contrato (procedimientos de reclamaciones, información sobre el empresario, los medios de pago o los precios …).

En cuanto a los contratos analizados, los incumplimientos han sido menores (ausencia de contrato con la información necesaria, o inclusión de alguna cláusula considerada abusiva) y en el caso de las facturas, en ocasiones han carecido de datos obligatorios (fecha, servicios prestados …). 

Por lo tanto, es conveniente seguir prestando atención a la información que recibe la persona consumidora con carácter previo a decidir contratar los servicios de una autoescuela, para garantizar que la decisión cuenta con todas las garantías. Por otra parte, aunque en esta campaña el porcentaje de posibles cláusulas abusivas detectadas en los contratos no ha sido elevado, de cara a futuro se puede seguir controlando esta cuestión, incluso llevando a cabo campañas previas informativas.

Fecha de última modificación: