Control de información precontractual y facturación en empresas de servicios funerarios (01/25)

Objetivo, carácter y motivación de la campaña

Los objetivos de esta campaña han sido los siguientes:

  • Comprobar que las empresas prestadoras de servicios funerarios cumplen con los requisitos de información previa a la realización del contrato, como pueden ser la relación de servicios que prestan y las tarifas correspondientes.
  • Comprobar la entrega de factura, en la que consten detalladamente los servicios prestados.
  • Comprobar la disposición de hojas de reclamaciones y de cartel anunciador de las mismas.

Esta campaña de inspección ha tenido un carácter sancionador y se incluyó en el plan de campañas inspección de Kontsumobide para 2025 debido al significativo número de reclamaciones en el sector.

Desarrollo de la campaña

En lo momento en que las personas consumidoras necesitan servicios funerarios acuden a los establecimientos más cercanos a su domicilio, por este motivo se ha considerado importante controlar las empresas ubicadas en todo tipo de municipios, desde los de mayor población a otros con menor número de habitantes, en los que se han identificado empresas que no están dentro de los grandes grupos prestadores de este tipo de servicios, y otras que sí están en esos grupos.

Las actuaciones inspectoras han sido de control estándar por protocolo. Concretamente se han realizado 42 actuaciones en 28 localidades con la siguiente distribución:

 

 

Nº de inspecciones

Nº de localidades visitados

S.T. ARABA

3

2

S.T. BIZKAIA

22

15

S.T. GIPUZKOA

17

11

TOTAL

42

28

 

La campaña de inspección se ha realizado desde el 10 de febrero al 5 de marzo de 2025. Cabe señalar que dos de las inspecciones han resultado infructuosas y no se han podido desarrollar correctamente.

Resultados obtenidos

Se ha detectado un número bajo de incumplimientos, un total de 2 entre las 42 inspecciones realizadas. Los dos incumplimientos se han detectado en Gipuzkoa.

Los dos incumplimientos detectados se han producido por no informar a la persona consumidora sobre el precio de cada servicio/producto ofertado (mediante catálogo, folleto o etiqueta en el caso de productos).

Ambos incumplimientos han finalizado en una propuesta de expediente sancionador.

En lo que hace referencia a la entrega de factura, debidamente cumplimentada, y tenencia de hojas de reclamaciones así como cartel anunciador de las mismas no se ha apreciado ningún incumplimiento.

Fecha de última modificación: