Con la llegada de diciembre, las luces de navidad, la publicidad y las prisas nos empujan a comprar.
Con la llegada de diciembre, las luces de navidad, la publicidad y las prisas nos empujan a comprar.
autor: Kontsumobide,
Los supermercados y los comercios tienen la obligación legal de mostrar los precios de los productos según las prescripciones establecidas por la normativa para que las personas consumidoras dispongan de la información necesaria para poder comparar entre diferentes marcas. En ocasiones, sin embargo, una vuelta por los pasillos de las grandes superficies puede generar más de una sorpresa: etiquetas en las baldas que no reflejan el precio por unidad de medida, errores en la unidad de referencia empleada, redondeos que falsean las comparativas…
Cuando vayas a comprar, recuerda que tienes derecho a conocer, de forma inequívoca, fácilmente identificable y claramente legible:
Este último dato te permite comparar entre artículos sin necesidad de recurrir a una calculadora y deberá tomar como referencia, en función del producto, un kilogramo, un litro, un metro, un metro cuadrado, un metro cúbico o una unidad.
Ejemplo práctico para nota: Quieres un bote de guisantes verdes. Hay una lata de 250 gramos, por 1,21 euros; otra de 295 gramos, por 2,05; y una tercera de 215 gramos, por 1,19 euros. ¿Cuál resulta más económica para el bolsillo? Si la tienda refleja en la etiqueta el precio por unidad de medida –en este caso, el kilo–, podrás responder sin problemas. El primer proveedor vende los guisantes a 4,84 euros el kilo; el segundo, a 6,95 euros y el tercero, a 5,53 euros.
Además, la normativa vigente, que transpone una directiva europea, establece de forma obligatoria una medida específica para determinados productos:
La regulación actual también indica en qué artículos no resulta obligatorio mostrar el precio por unidad de medida. En concreto: