Se trata de la primera norma estatal que regula de manera específica estos servicios y supone un avance clave en la defensa de los derechos de las personas consumidoras frente a las grandes empresas.
La ley establece nuevos derechos y obligaciones para garantizar una atención más transparente, accesible y de calidad. Entre las principales medidas destacan el fin de las llamadas comerciales no consentidas, que deberán identificarse con un prefijo específico y cuyos contratos serán nulos si no hay consentimiento previo, así como la obligación de mostrar el precio final completo desde el inicio de cualquier compra, evitando gastos de gestión ocultos.
La norma también refuerza la atención personalizada: prohíbe los números de tarificación adicional, obliga a atender la mayoría de las llamadas en menos de tres minutos y garantiza que las personas consumidoras puedan hablar con un operador humano. Además, reduce los plazos de respuesta a reclamaciones y refuerza la atención a personas vulnerables.
En el ámbito digital, la ley limita las reseñas falsas, exige transparencia en los algoritmos de publicidad y precios personalizados, y pone fin a las renovaciones automáticas de contratos sin información previa suficiente. Asimismo, protege los derechos lingüísticos, garantizando la atención en las lenguas cooficiales en las comunidades autónomas correspondientes.
Con esta ley, se da un paso decisivo hacia un modelo de consumo más justo, equilibrado y respetuoso con los derechos de la ciudadanía.


